POLITICA DE PRIVACIDAD, TERMINOS Y CONDICIONES DE USO - SERVICIOS ELECTRONICOS, POR PARTE DEL INSTITUTO DE PREVISION MILITAR
PRIMERA: COMPARECENCIA.
Este contrato se suscribe entre Instituto de Previsión Militar (I.P.M), Honduras, a quien en el transcurso del presente contrato se le podrá llamar simplemente como EL INSTITUTO y por El Usuario (a quien en este contrato se le podrá hacer referencia como EL AFILIADO) quien es la persona que acepta el presente contrato de conformidad con lo establecido en este contrato y cuya identidad será autenticada en los términos que más adelante se indica.
SEGUNDA: OBJETO.
El uso de servicios electrónicos que EL INSTITUTO brinda a EL AFILIADO, la utilización de estos servicios atribuye la condición de usuario a EL AFILIADO que sea Titular de la Cuenta(s) en EL INSTITUTO, e implica la aceptación plena y sin reservas por parte de EL AFILIADO, de todas y cada una de sus Condiciones Generales y Especiales emitidas por EL INSTITUTO, estos Servicios serán brindados por medio de los Avisos, Reglamentos e Instrucciones, sean verbales o escritas, en conocimiento a EL AFILIADO por parte de EL INSTITUTO.
TERCERA: DEL USO DE LOS SERVICIOS ELECRONICOS.
EL INSTITUTO le proporcionará un USUARIO Y CONTRASEÑA, el que será entregado a EL AFILIADO o a su representante legal debidamente acreditado en las Oficinas de EL INSTITUTO. EL AFILIADO deberá cambiar inmediatamente la contraseña por una de su exclusivo conocimiento. Por su propia seguridad, el Sistema no le permitirá acceder a los Servicios Electrónicos con la contraseña proporcionada por EL INSTITUTO una vez que haya ingresado por primera vez. Es entendido y aceptado por EL AFILIADO, que la contraseña o cualquier otro código de acceso que deba ingresar para hacer uso de los servicios electrónicos, objeto del presente contrato, son de carácter personal, secretos e intransferibles, por lo que se obliga con EL AFILIADO a no permitir el uso de los mismos por parte de terceros, haciéndose responsable de cualquier daño que se ocasione a su patrimonio, al de terceros y a EL INSTITUTO. EL Usuario y Contraseña será registrado personalmente por EL AFILIADO, o por el Representante Legal debidamente acreditado. En caso de que EL AFILIADO sospeche o tenga conocimiento fundado del uso de su usuario y contraseña por un tercero sin su autorización, deberá informarlo de inmediato a EL INSTITUTO para que éste proceda a suspender el acceso a los Servicios Electrónicos. Lo anterior no exime de Responsabilidad a EL AFILIADO por las operaciones que hayan sido efectuadas por terceros no autorizados a cargo de su código de acceso. EL INSTITUTO recomienda a EL AFILIADO (como una sana medida precautoria), cambiar la contraseña cuando lo estime oportuno, pero en todo caso, EL INSTITUTO queda exento de cualquier responsabilidad que se derive del manejo de su usuario y contraseña.
CUARTA: BENEFICIOS Y SERVICIOS BRINDADOS.
A través de los servicios electrónicos, EL INSTITUTO pone a disposición de EL AFILIADO lo siguiente: Consultas: Saldos en cuentas de aportaciones y beneficios según la estructura que corresponde (Nuevos Afiliados, INJUPEMP Y PREEXISTENTE), saldos de créditos, beneficios a los que tiene derecho el afiliado o pensionado, información de requisitos de créditos de consumo y vivienda, requisitos para tramites de baja de la institución, requisitos tramites de pensión, requisitos para ayudas médicas, visualización de aprobación y desembolso del crédito solicitado, desembolso de devolución de cuota y aprobación de solicitud de ayudas médicas EL INSTITUTO podrá incorporar Servicios Electrónicos adicionales al presente Contrato, informando de ello a EL AFILIADO en forma visible en su página o sitio WEB o por cualquier otro medio que estime conveniente. Queda explícitamente convenido que EL AFILIADO al utilizar cualquiera de los Servicios Electrónicos adicionales, automáticamente se somete a las condiciones que para prestar dicho servicio se establezca, así como a las del presente CONTRATO sin necesidad de suscribir un nuevo consentimiento.
QUINTA: INACTIVACIÓN DE USUARIO.
EL AFILIADO acepta la inactivación de su usuario para los servicios electrónicos proporcionados por EL INSTITUTO, bajo las siguientes condiciones: UNO (1) después de tres (3) intentos fallidos con su usuario, contraseña o código de acceso, DOS (2) Si después de 30 días calendario no ha realizado el cambio de contraseña que se pide al iniciar sesión por primera vez y TRES (3) Se inactivará su usuario si lleva más de 6 meses sin usarlo.
SEXTA: MANEJO DE INFORMACION Y PRIVACIDAD DE SESION.
EL AFILIADO asume la Responsabilidad del uso y distribución de los datos proporcionados en los servicios electrónicos, por lo que EL INSTITUTO queda exento de responsabilidad sobre el manejo de la información que tiene a disposición EL AFILIADO. EL INSTITUTO guardara una bitácora de accesos, los cuales almacenarán la siguiente información: IP, usuario, ubicación, fecha y hora de sesión (inicio y final).
SEPTIMA: HORARIO DEL SERVICIO.
EL INSTITUTO prestará los Servicios Electrónicos descritos en el presente contrato, las veinticuatro (24) horas del día, de lunes a domingo. No obstante, lo anterior, EL INSTITUTO se reserva el derecho de interrumpir o suspender los Servicios Electrónicos ya sea para efectuar operaciones de mantenimiento, cierres contables, casos fortuitos o de fuerza mayor, o por cualquier otra circunstancia que fuere necesaria a juicio de EL INSTITUTO. EL AFILIADO acepta esta facultad de EL INSTITUTO y renuncia a formular cualquier reclamo por las pérdidas o inconvenientes que esta situación le causare, eximiendo a EL INSTITUTO de toda responsabilidad siempre y cuando sea justificable.
OCTAVA: RECHAZO DE TRANSACCIONES.
EL INSTITUTO DE PREVISIÓN MILITAR podrá rechazar cualquier transacción comprendida pero no limitada por las siguientes causas: a.- Incorrecta operación del servicio por parte de EL AFILIADO, b.-Transacciones enviadas fuera del horario vigente, c.- Por imposición de restricciones legales, d.- Fallas en equipo de EL AFILIADO, e.- Por interrupción de transmisión en los sistemas de comunicación, circunstancias de caso fortuito o de fuerza mayor y otras fuera del control de EL INSTITUTO siempre y cuando estén legalmente justificadas.
NOVENA: DE LOS RECLAMOS.
EL AFILIADO presentará los reclamos inicialmente ante el Auxiliar de Atención al Afiliado y si en esta instancia no se solventan, EL INSTITUTO le proporcionará la hoja de reclamación a EL AFILIADO, para que éste pueda formalizar su reclamo ante EL INSTITUTO, quien deberá retener el formulario original de dicho reclamo y entregar a EL AFILIADO dos (2) copias del mismo. EL INSTITUTO se obliga a resolver esos reclamos en un plazo de diez (10) días hábiles a partir de la recepción de ellos, pudiendo ampliar el plazo por diez (10) días adicionales; tiempo en el cual deberá comunicar a EL AFILIADO, por escrito, las causas de la extensión del plazo; EL INSTITUTO deberá brindar respuesta a EL AFILIADO, de una manera oportuna, integra y comprensible. En caso que dicha respuesta no sea satisfactoria, EL AFILIADO podrá acudir a la Gerencia de Protección al Usuario Financiero a interponer su reclamo, sin perjuicio de otras acciones a las que EL AFILIADO tenga derecho. El tiempo de prescripción para que EL AFILIADO interponga un reclamo ante EL INSTITUTO es de treinta (30) días calendarios a partir de la fecha en que se produjo el hecho que dio lugar al reclamo, salvo para aquellos casos que la Ley establece un término distinto para presentar el reclamo.
DECIMA: LEY ESPECIAL CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS Y LA LEY CONTRA EL FINANCIAMIENTO CONTRA EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO.
EL AFILIADO, deberá seguir y aceptar sin reservas las condiciones generales y específicas emitidas por estas leyes, reglamentos y demás normativa en materia de prevención de estos delitos, ya que el INSTITUTO, está obligado a supervisar el cumplimiento de estas regulaciones.
DECIMA PRIMERA: MODIFICACION DEL USO DE LOS SERVICIOS.
En cualquier momento y sin necesidad de un nuevo acuerdo de solicitud, para ello, EL INSTITUTO publicará las modificaciones que estimare convenientes en su sitio o página web, correo electrónico o en cualquier medio de difusión que estime conveniente, las que serán efectivas veinticuatro (24) horas después de su publicación o notificación. Una vez realizada dicha publicación se considera como parte integral de la solicitud, siguiendo las normas internacionales establecidas para la contratación electrónica.
DECIMA SEGUNDA: TERMINACIÓN DEL USO DE LOS SERVICIOS.
A) Por cualquiera de las partes mediante aviso a la otra con treinta (30) días calendario de anticipación, por los medios de notificación que se consignan en la solicitud sin responsabilidad para ambas partes. B) Asimismo, EL INSTITUTO se reserva el derecho de modificar unilateralmente y en cualquier momento y sin aviso previo, la presentación y configuración del Servicio, así como las condiciones requeridas para estos Servicios conocidos como servicios electrónicos.
DECIMA TERCERA: ACEPTACIÓN.
EL AFIILIADO declara: Aceptar y ratificar todas y cada una de las condiciones del presente contrato. En fe de cual firmamos el presente CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS ELECTRONICOS, reconoce que conoce y entiende los términos de este contrato y acepta que quedará vinculado por todas las disposiciones del presente contrato y sus modificaciones y por todos los acuerdos incorporados por referencia en este contrato que también regulen la PRESTACION DE SERVICIOS ELECTRONICOS. Usted reconoce que esta aceptación se realiza en la fecha en la que quede registrado por EL INSTITUTO la acción a la que se hizo referencia.