Crédito de consumo

Crédito de Inversión

Crédito de inversión: Otorgado únicamente a afiliados activos con derecho a pensión que hayan cotizado 25 años o más al Sistema, la amortización del crédito se basará en el pago exclusivo de intereses, mientras que el capital será cancelado de una sola vez al momento de su retiro, con el propósito de desarrollar nuevas empresas o negocios, encaminados a fomentar el desarrollo de nuestro país, los que su fuente de pago de la cuota (interés más seguro) será por medio del sueldo.
Sus requisitos son:

  1. Estar comprendido entre los 18 y 75 años de edad.
  2. Tener actualizada sus cotizaciones y su expediente de Afiliación.
  3. Tener capacidad de pago.
  4. Constancia de sueldo con deducciones, con vigencia de un (1) mes.
  5. Fotocopia y original de la tarjeta de identidad y de la libreta de ahorro, donde conste el número de cuenta y/o nombre del tarjetahabiente.
  6. Estar comprendido dentro de las condiciones establecidas en la póliza de seguro colectivo contratado por el IPM, y para el caso de las pólizas de seguros contratada directamente por el prestatario, deberá cumplir como mínimo con los mismos requisitos.
  7. Haber cotizado al Sistema como mínimo tres (3) meses.
  8. En el caso de las viudas (os) beneficiarias (os) de montepío, requieren aval.
  9. Otros requisitos que el IPM establezca.

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