BENEFICIO DE SEPARACIÓN.

Se deben incluir los siguientes requisitos:
1) PERSONAL DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD:

a. Completar expediente de afiliación.
b. Dos (2) copias de la tarjeta de identidad.
c. Dos (2) copias de la Constancia del Banco Atlántida.
d. Dos (2) copias de Acuerdo de Cancelación y Notificación.

2) PERSONAL EJERCITO, NAVAL, AÉREO.
a. Completar expediente de afiliación.
b. Dos (2) copias de la tarjeta de identidad.
c. Dos (2) copias de la libreta Banpaís.
d. Dos (2) copias de la Constancia de baja/acuerdo Cancelación.

PENSION POR RETIRO:
Articulo 85. Requisitos Transitorios para Personal Proximo a Retirarse.

1. Los afiliados que al entrar en vigencia la presente ley hayan acumulado diecisiete (17) años de cotizar se podran jubilar cuando cumplan los diecinueve (19) años de cotizar y más de cuarenta y seis (46) años de edad;
2. Los de dieciséis (16) años de cotizar podrán jubilar cuando cumplan veinte (20) años de cotización y mas de cuarenta y nueve (49) años de edad; 3. Los de quince (15) años de cotizar al cumplir los veinte (20) años de cotización y más de cincuenta y dos (52) años de edad; y,
4. Los de catorce (14) años de cotizar o menos podrán jubilarse al cumplir veintidos (22) años de cotización y mas de cincuenta y cinco (55) de edad.

Consulta IPM